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martes, 15 de mayo de 2012

Hipólito promete ejecutar Amnistía Fiscal a favor de contribuyentes

Hipólito Mejía manifestó este lunes que ejecutará amnistía fiscal a favor de contribuyentes y responsables del pago de impuestos.
 La medida beneficiará a las pequeñas, micro y medianas empresas, Hipólito Mejía enviará al Congreso una Ley de Amnistía Fiscal en favor de los contribuyentes y responsables del pago de impuestos, en los términos y alcance que les son propios a la misma.
 La medida beneficiará a las pequeñas, micro y medianas empresas, personas físicas y personas jurídicas.
 El aspirante a la candidatura presidencial por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), dijo que la amnistía fiscal que ejecutará beneficiará a las Personas Físicas, los Negocios de único dueño y a las personas jurídicas, las cuales podrán optar por la Amnistía Fiscal para el Impuesto Sobre la Renta (ISR), incluyendo también las retenciones de este impuesto, para el Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
La amnistía comprenderá el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI). Manifestó que podrán optar por esta Amnistía aquellos contribuyentes que tienen deudas pendientes de cualquier impuesto en cualquiera de las instancias tributarias.
El exmandatario dijo que “con esta medida se busca ayudar a los pequeños y medianos empresarios muchos de los cuales están al borde del colapso financiero y otros han tenido que cerrar sus negocios.
Mejía garantizó que esta ley impulsaré el desarrollo de sector económico y el mayor generador de empleos”. “Con la amnistía fiscal se podrán poner al día en sus compromisos con el fisco, libres de recargos por intereses y multas, que con frecuencia representan un costo mucho mayor al tributo que tienen que pagar.”
Sostuvo que se les dará facilidades de pagos en sus impuestos, sin que ello implique cargas adicionales de ningún tipo.
Declaró que aquellos contribuyentes que no hayan presentado declaración jurada del ISR, el ITBIS y el IPI, en los períodos no prescritos (omisos), y siempre que cumplan con los requisitos dispuestos en la referida Ley de Amnistía Fiscal, podrán optar por la misma.
Las Personas Físicas que son propietarias de inmuebles, podrán acogerse a la amnistía cumpliendo con las disposiciones que sean establecidos para estos fines. Para considerar auditados o amnistiados los períodos no prescritos hasta el 2012 (inclusive) y los impuestos a que se refiere el párrafo anterior, el contribuyente deberá efectuar un pago único, que debe ser igual a la diferencia entre el impuesto que liquidó en su declaración.

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