República Dominicana
Junta Central Electoral
I.- Requisitos para solicitar la cédula de identidad y electoral
a) Si es un duplicado:
Venir Personalmente
b) Si es una renovación:
Acta de nacimiento dominicana
Acta de Matrimonio dominicana (en caso de que esté casado)
Acta de divorcio dominicana (en caso de que esté divorciado)
c) Si es para sacar la cédula por primera vez:
Acta de nacimiento dominicana
Acta de matrimonio dominicana (en caso de que esté casado)
Una dirección en República Dominicana
Documento con tipo de sangre
d) Si es cambio de datos:
Acta de nacimiento dominicana
Acta de matrimonio dominicana (en caso de que esté casado)
Acta de divorcio dominicana (en caso de que esté divorciado)
Justificante en original del cambio requerido (por ejemplo: la baja original, en caso de que sea militar o título universitario)
II.- Requisitos para solicitar un acta de registro civil:
Nombre del inscrito
Fecha del evento (del nacimiento, matrimonio divorcio)
Nombre de los padres
Número de folio, libro, acta y año de la inscripción
Circunscripción u oficialía (Municipio)
Preferiblemente copia del acta que desea solicitar
Nota: nuestras actas son in extracto y sin legalizar
III.- Requisitos para registrarse en el padrón electoral:
Aportar la cédula de identidad y electoral vigente
IV.- Precios de nuestros servicios
Acta: diez (10) euros
Plástico de cédula: quince (15) euros por cédula
Inscripción en el padrón electoral en el exterior: gratis
República Dominicana
Junta Central Electoral
Pasos para la Transcripción de las Actas del Registro Civil expedidas fuera de la Rep. Dom. (Por Consulados o Registros Civiles extranjeros)
Las Actas del Estado Civil instrumentadas en el extranjero relativas a un ciudadano dominicano, podrán ser transcritas en un Registro del país.
Si esta Acta fue levantada por el Cónsul Dominicano en funciones de Oficial del Estado Civil en el extranjero, basta que la misma esté legalizada por la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores.
Los pasos para dicha transcripción son los siguientes:
Solicitar el acta en el Consulado correspondiente.
Legalizar el acta en la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores (Avenida Independencia
No.752, Santo Domingo, Rep. Dominicana).
Llevar el acta a la Junta Central Electoral, acompañada de una comunicación dirigida al Presidente de la JCE (vía la Consultoría Jurídica de la JCE), solicitándole que autorice al oficial del Estado Civil que corresponda a la transcripción de dicha acta (Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Luperón. Plaza de la Bandera S/N, Santo Domingo, Rep. Dominicana).
NOTA IMPORTANTE:
A la comunicación se le debe anexar copia de la cédula de identidad y electoral o pasaporte de quien firma la carta.
Cumplido estos trámites, se debe ir con la documentación completa a la Oficialía del Estado Civil correspondiente y que procedan a transcribirla.
Si lo desea y para que le quede como constancia del trámite gestionado, solicite un acta en original.
NOTAS:
En los casos en que el Acta haya sido instrumentada en la Oficina del Registro Civil de cualquier país extranjero, ésta debe estar legalizada por la Autoridad Consular Dominicana en ese país y por la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores en la República Dominicana.
En los casos en que estas Actas no estén escritas en castellano, las mismas deben ser debidamente traducidas ante un intérprete judicial y posteriormente legalizadas por la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores.
En los casos de Transcripción de Actas de Divorcio, es obligatorio que éstas sean homologadas mediante exequátur de un Tribunal dominicano.
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